El despido por causas objetivas está regulado en el Estatuto de los Trabajadores. Si te enfrentas a él, acude a uno de nuestros abogados laborales en Sevilla.
El despido por causas objetivas está motivado con el propio trabajador, pero también puede deberse a causas económicas, organizativas, técnicas o de producción que afecten a la empresa. A continuación, detallamos las razones principales que pueden argumentarse para la extinción de un contrato laboral.
Motivos justificados para un despido por causas objetivas
Solo una de las siguientes causas será suficiente para proceder al cese de la relación laboral con un trabajador:
• Ineptitud del trabajador, conocida o sobrevenida.
• Inadaptación del trabajador a las modificaciones técnicas aplicadas en su puesto de trabajo. Para que pueda justificarse los cambios deben ser razonables.
• Ausencias reiteradas en el trabajo. Puede que el trabajador las haya justificado y que sean intermitentes, pero bastarán como motivo. No podrá tenerse en cuenta cuando el trabajador presenta una enfermedad grave, accidentes, huelgas generales, maternidad o vacaciones.
• Causas económicas, organizativas, técnicas o de producción que afectan a la empresa, aunque no resulten de gravedad como para optar por un despido colectivo. Detrás de este supuesto puede estar las pérdidas en los tres últimos trimestres o la previsión de que esto ocurra. Pero también cuando un empresario incorpora nueva maquinaria y un trabajador se vuelve prescindible, por ejemplo.
• Falta de presupuesto en programas públicos (para contratos concertados directamente con las Administraciones Públicas).
Igual te puede interesar conocer qué requisitos debe cumplir el empresario en caso de despido objetivo por causas económicas.
Si te han despedido por despido objetivo y quieres saber si puedes reclamar, te recomendamos que te asesores cuanto antes con un abogado laboralista. Puedes llamarnos y uno de nuestros abogados laborales en Sevilla te ayudará personalmente en tu caso.