Estoy divorciado y mi nueva pareja convive conmigo. Consecuencias en el uso de la vivienda familiar

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El Tribunal Supremo en su Sentencia 641/2018 ha establecido que el cónyuge que por sentencia de divorcio tiene el uso de la vivienda familiar pero que actualmente convive con una nueva pareja, el derecho de uso de la vivienda familiar se extingue. La consecuencia sería la forzosa liquidación de la sociedad de ganaciales.

Para el Tribunal Supremo “Se centra la cuestión controvertida en la determinación de los efectos que produce la convivencia de la progenitora, que tiene atribuido el uso de la vivienda familiar, junto a los hijos menores, con una nueva pareja, respecto de este derecho de uso”. La sentencia señala que “en el presente caso, este carácter (vivienda familiar) ha desaparecido, no porque la madre e hijos hayan dejado de vivir en ella, sin o por la entrada de un tercero, dejando de servir a los fines del matrimonio. La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia distinta y diferente.” Esta interpretación es compatible con el interés superior del menor que pregona nuestro artículo 96 del Código Civil.

La consecuencia para el Tribunal Supremo sería que uso de la vivienda atribuido en su día a uno de los cónyuges quedaría extinguido en el momento en que se proceda a la liquidación de la sociedad de gananciales.

 

Francisca Domínguez Macías

Abogada

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